Supuesto
Investigación y Desarrollo "Proyecto Brain"
(pdf)
Autor: Jesús Moreno Ramos. Responsable Oficina
de Contabilidad. Universidad Pablo de Olavide de Sevilla.
Notas Previas:
UPLAND
I+D es una institución pública cuyo objeto
social es la Investigación Científica. Para
el desarrollo de su actividad dispone de una plantilla de
funcionarios que organizados en Grupos de Investigación
desarrollan distintas líneas de investigación
en el Campo Experimental disponiendo para ello de unos laboratorios
con los últimos avances.
En
el año 2008 un grupo de investigación de
UPLAND I+D inició una investigación centrada
en un medicamento para curar el Alzheimer denominado Proyecto
Brain el cual está específicamente individualizado
y con costes claramente establecidos.
1º)
Ejercicio 2008:
Por
la indagación original y planificada llevada a
cabo el "Proyecto Brain" durante el año
2008 incurrió en las siguientes inversiones y gastos:
2º)
Ejercicio 2009:
A
comienzos de 2009 el responsable del "Proyecto Brain"
elabora un informe en el que argumenta con una base científica
el previsible éxito técnico de esta investigación
y su previsible rentabilidad económica, gracias
a los buenos resultados obtenidos en el laboratorio y
las pruebas realizadas en un buen número de potenciales
pacientes.
Motivado
por los excelentes resultados obtenidos en las investigaciones
llevadas a cabo, UPLAND I+D apuesta de forma clara por
el "Proyecto Brain" incurriendo en el ejercicio
2009 en los siguientes gastos de Investigación:
3º
y 4º) Ejercicios 2010 y 2011:
A
inicios de 2010 se obtienen las primeras muestras del
producto, que consisten en unos sobres efervescentes con
sabor a naranja a disolver en un vaso de agua. A partir
de ese momento comienza el proyecto de desarrollo de aplicaciones
concretas de los hallazgos:
5º) Ejercicio 2012:
El
Ministerio de Sanidad aprueba la comercialización
del medicamento "Brain" en base a los resultados
de las pruebas realizadas en pacientes con Alzheimer,
y éste comienza a comercializarse en enero de 2012.
En
el mes de junio de 2012 UPLAND I+D decide proteger los
resultados obtenidos a través de las actividades
de investigación del "Proyecto Brain".
Estas gestiones son llevadas a cabo por el área
técnica denominada OTRA que a través de
la Oficina Española de Patentes y Marcas registra
la Patente del medicamento para curar el Alzheimer suponiendo
dicho registro un coste de 185,00 €. Según
la legislación nacional, a este tipo de medicamentos
se les aplica una protección de 10 años.
Nota Aclaratoria Final:
- La solución al caso planteado está
exclusivamente centrada en el tratamiento contable de
acuerdo con el PGC 2007.
- El tratamiento que la NIC 38 Activos Intangibles establece
sólo se explica a título informativo. La
idea es reflejar la concreta y diferente aplicación
que tendría este supuesto en caso de haberme basado
en dicha Norma Internacional.
Ver
solución (pdf) en: http://www.aeca.es/actualidadnic/actualidad_contable78.htm
domingo, 17 de marzo de 2013
I+D en las Universidades Públicas
En
los tiempos que corren en los que no dejan de recibirse noticias de recortes de
subvenciones para las Universidades Públicas, adquieren cada vez más importancia la captación
de fondos ya sean de origen público o privado. La comercialización de los resultados de la investigación se convierte en una alternativa más para la obtención de financiación.
Como
es sabido las dos actividades esenciales de las Universidades son por un lado
la Docencia y por otro la Investigación. Los logros obtenidos a través de la actividad de la Investigación podrán protegerse en forma de Patentes. Las Universidades a
través de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) han
de proteger jurídica y estratégicamente la Propiedad Industrial e Intelectual
resultante de la innovación tecnológica. Esta protección permitirá obtener una
rentabilidad que haga posible la recuperación de las
inversiones realizadas.
El
éxito de la I+D puede salir al
mercado, será necesaria la promoción que a su vez permitirá a la Universidad financiar el mantenimiento de las Patentes. Por tanto habrá que buscar empresas, fundaciones e incluso otros entes
públicos que se interesen para la comercialización de estas investigaciones a través de
Licencias de Patentes.
Por
tanto hablamos en primer lugar de la Promoción de la Tecnología, que se divide
en dos fases:
Fase
I: Transformar la información científica en divulgación y para ello se crearán
las fichas de oferta tecnológica, que es un documento que facilita la promoción
y la comercialización.
Fase
II: Divulgar la información en el sector productivo.
Y en
segundo lugar nos referimos a los Acuerdo de Transferencia que adoptan la forma
jurídica de Licencia de Patentes, en virtud de la cual el titular autoriza a un
tercero a realizar actos de explotación (fabricación, uso, comercialización,
...) del objeto de esa Patente a cambio de una contraprestación económica, que
puede ser:
- Cantidad fija.
- Canon periódico, fijo o variable.
- Canon sobre cifra de ventas, sobre beneficios, por unidad producida, ...
- Canon mínimo.
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